Texto: Karen Villalobos
Fotografía: Jesús Arvizu
Dafne era una joven jefa de familia que trabajaba en Liverpool San Juan del Río. Una tarde, mientras se encontraba en su jornada laboral, comenzó a sentir escalofríos por todo su cuerpo y un dolor punzante en el vientre. Ella pensó que eran síntomas del último diagnóstico que recibió luego de acercarse a los médicos de la empresa. Dafne había notado cambios en su cuerpo y la pérdida de su menstruación, sin embargo, los médicos le aseguraron que se debía a su hipotiroidismo. Nunca se le realizó un ultrasonido ni una prueba de embarazo.
El 17 de febrero de 2015, Dafne tuvo un parto fortuito en el baño de Liverpool, perdió 30% de la sangre de su cuerpo, tuvo un desgarre de segundo grado del ano a la vagina y entró en estado de shock. Ella no sabía que presentaba ocho meses de gestación. Aún sin tener conocimiento de su embarazo, la juzgaron por el delito de aborto y luego por homicidio en razón de parentesco. Dafne fue sentenciada a pasar dieciséis años en prisión.
Según datos de la Fiscalía General del Estado de Querétaro, de 2012 a 2018, se dieron cuarenta y cinco sentencias por el delito de homicidio en razón de parentesco; mientras que de enero de 2015 a febrero de 2021, se abrieron un total de cien carpetas de investigación por el delito de aborto.
En México es difícil tener una cifra clara de las mujeres que han sido encarceladas por abortar, ya que sus casos son tipificados bajo otros delitos, se les agregan elementos como la acción dolosa o privación de la vida a una persona con parentesco consanguíneo, lo que hace sus condenas mucho más largas.
La pena por aborto en el estado de Querétaro es de tres años, los mismos que Dafne permaneció en prisión, pese a que su sentencia le otorgaba trece años más. Esos años en los que estuvo privada de su libertad, hubieran culminado en su sentencia original de no ser porque su caso llegó a manos de Karla Salas, quien fue también una de las abogadas del caso «Campo algodonero», un caso emblemático en el tema de justicia para las mujeres en México.
Castigar el aborto en toda circunstancia
La Asociación del Aborto Espontáneo de Reino Unido señala que uno de cada cuatro embarazos acaba en un aborto espontáneo. En México, las mujeres son juzgadas por abortar aún cuando su cuerpo, por alguna razón biológica, rechazó el producto.
Cuando el servicio médico privado llegó a las instalaciones de Liverpool San Juan del Río para atender a Dafne, tardaron alrededor de una hora en trasladarla del baño donde ella se encontraba a la ambulancia, después pasaron otros cuarenta minutos en el estacionamiento, ya que estaban a la espera de que Liverpool se comprometiera a realizar el pago por el traslado al hospital. La vida de Dafne fue dejada a la suerte; mientras el personal que la atendía aseguraba el beneficio económico, ella se encontraba en la ambulancia perdiendo sangre y casi inconsciente por lo que había ocurrido.
Según el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), en México los códigos penales de cada entidad federativa establecen bajo qué circunstancias se puede abortar sin que ello amerite una sanción penal, lo que en la práctica se traduce en una situación de discriminación jurídica, ya que las mujeres tienen más o menos derecho de acceder a un aborto bajo un marco legal, de acuerdo con su lugar de residencia.
La NOM-046
La Norma Oficial Mexicana 046-SSA2-2005 (NOM-046), Violencia familiar, sexual y contra las mujeres establece que las mujeres que han sufrido una violación tienen derecho a interrumpir su embarazo, y los servicios públicos de salud deberán contar con personal médico capacitado para la intervención. Desde 2016, en todo el país, las solicitantes mayores de doce años pueden acceder a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) sin levantar una denuncia ante el MP.
Sin esta regulación de carácter obligatorio para entidades públicas y privadas del país, Querétaro solamente tendría una causal no punible para el aborto: «Cuando sea causado por la culpa de la mujer embarazada». La entidad es una de las más restrictivas, al igual que Guanajuato, ya que solo consideran esas dos causales y son los únicos estados del país que no incluyen como causal no punible cuando la vida de la mujer está en riesgo.
A través de la plataforma de transparencia, se le solicitó a los Servicios de Salud del Estado de Querétaro el número de abortos atendidos por causal de violación en cumplimiento a la NOM-046 y partos atendidos en menores de edad, sin embargo, solo se obtuvieron documentos imposibles de consultar ya que se encontraban dañados.
De acuerdo a una solicitud de transparencia, en la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro no existen denuncias ni quejas contra servidoras o servidores públicos del sector salud por negarse a brindar los servicios de interrupción legal del embarazo.
A pesar de que exista esta norma, hay muchos obstáculos alrededor que impiden su correcta aplicación, entre ellos el desconocimiento de la legislación vigente por parte de las autoridades y de las personas que podrían necesitarla; la falta de voluntad política para seguir las rutas correctas de aplicación y la posibilidad de objeción de conciencia en las instituciones de salud, así como la proliferación de iniciativas regresivas que existen a lo largo del país para «blindar» la vida desde la concepción.
Querétaro sin condiciones de cambio
En Querétaro la última iniciativa de ley que llegó a la Legislatura fue la propuesta por el partido Morena a principios del 2020, cuando iniciaba la pandemia por Covid-19, sin embargo, se discutió a puerta cerrada y fue rechazada.
«Yo no miro en Querétaro ninguna condición que posibilite el avance en materia de aborto legal. Recordemos que el Partido Acción Nacional ha estado a cargo del congreso y creo que hay que decirlo, no representa para nada el interés por los derechos humanos, ni los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. Todo lo que digan alrededor son meros discursos. Querétaro es de los estados con peores avances en derechos de las mujeres», señaló Alejandra Martínez Galán, representante de la Asociación Queretana de Educación para las Sexualidades Humanas A.C. (Aquesex)
Frente a este contexto de ilegalidad en el estado, las mujeres que tienen los recursos deciden viajar para interrumpir su embarazo en otra entidad o país. Según datos de la Secretaría de Salud de la Ciudad de México, de 2007 a diciembre de 2020, han sido atendidas por los servicios de Interrupción Legal del Embarazo CDMX, un total de 231 mil 901 mujeres, de las cuales, 638 son residentes del estado de Querétaro.
«Las mujeres no van a dejar de abortar, porque cuando una mujer no quiere su embarazo va a hacer hasta lo imposible por interrumpirlo. En el mejor de los casos estaríamos pensando en que los interrumpan con las medidas adecuadas, sin embargo, hay una cifra negrísima en este tema, porque además hay muchos abortos que se acompañan en casa, de los que ni siquiera vamos a tener una idea», puntualizó la activista de Aquesex.
Las mujeres y personas gestantes que deciden interrumpir su embarazo son criminalizadas, juzgadas, privadas de su libertad, obligadas a pagar gastos funerarios, orilladas a tomar terapias, rechazadas por sus seres queridos. También lo son aquellas que sin otra posibilidad pierden al producto de su embarazo.
«Mi pregunta siempre es: ¿qué castigas cuando castigas el aborto?, lo que buscas castigar es el ejercicio de sexualidad de las mujeres, porque si realmente te preocupan los embriones, pues no permitirías que hubiera embriones congelados en nitrógeno líquido en una clínica de fertilización o no permitirías que hubiera aborto ni situaciones de violación», se cuestiona Maricruz Ocampo, integrante del Centro Latinoamericano para la Paz, la Cooperación y el Desarrollo (Celapaz).
El caso de Dafne tuvo la suerte de llegar a oídos de un grupo de abogadas y defensoras que lucharon porque se hiciera justicia. En el caso se demostró que la Fiscalía no hizo un debido proceso, ya que aunque los medios de prueba eran insuficientes para demostrar la culpabilidad de Dafne, el juicio se concluyó argumentando roles y estereotipos de género.
Cuando Dafne sale de prisión, lo primero que hizo fue recibir con brazos abiertos a su hija. Dafne fue juzgada y privada tres años de su libertad por ser una «mala madre» a ojos de una justicia que miró sin perspectiva de género. Por otro lado, al fiscal que llevó el caso y se refirió a ella diciendo que: «Ni un perro hace eso, ni una perra. Que ve que su hijo nació y va a procurarle la muerte. Es por instinto», solo recibió una sanción de treinta días.
Para el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), la penalización del aborto castiga en mayor medida a quienes viven en condiciones de vulnerabilidad por factores como raza, etnia, clase social o nivel educativo. Tanto en México como en el mundo las mujeres en condiciones de mayor marginalidad tienen más probabilidades de vivir un aborto inseguro, que aquellas con más recursos económicos, que pueden pagar abortos seguros incluso en contextos legalmente restrictivos como el de Querétaro.
Hoy Dafne es una mujer libre, sin embargo, nadie le ha podido devolver los años que permaneció en prisión lejos de su hija. Ella tuvo dificultades para volver a su cotidianidad, para encontrar un trabajo, para volver a retomar su vida social y para entender lo que la justicia queretana la había obligado a vivir.
Trabajar por la despenalización del aborto y garantizar las maternidades elegidas es un asunto de justicia social, una deuda que el estado queretano tiene con todas las mujeres y niñas de la entidad que han salido constantemente a las calles a exigir su derecho a la autonomía, a decidir sobre sus cuerpos y sus vidas.