Fotografía: Laura Santos
Este miércoles 6 de septiembre de 2023, el máximo tribunal nacional, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el artículo 329 del Código Penal Federal que tipifica el aborto. Esta decisión tiene alcances en todo el país y establece la accesibilidad de servicio en diferentes instituciones federales y su gratuidad.
Al respecto, Melissa Ayala, coordinadora del área de Documentación y Litigio de Grupo de Información y Reproducción Elegida (GIRE) comentó que la trascendencia histórica de esta decisión reside, principalmente, en los destinatarios.
“¿A quiénes les aplica el Código Penal Federal? A todas las personas y aquellos servidores públicos federales, entre ellos por ejemplo el IMSS y el ISSSTE. Se declara inconstitucional, se señala que se tiene que derogar el tipo penal de aborto en el Código Penal Federal y se indica que esto lo tiene que realizar el Congreso en este periodo de sesiones ordinarias”.
Si bien los antecedentes esta decisión no sólo nos remiten a los juzgados y a las sentencias, sino a un cúmulo de acciones, distintos actores y formas de intervención e incidencia, los precedentes alcanzados en las cortes de justicia sí han posibilitado los avances más sustantivos; tal como la resolución de la SCJN del 7 de septiembre de 2021, en la que se declaró inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta, y se pronunció por primera vez a favor de garantizar el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir, sin enfrentar consecuencias penales.
“En 2021, en la acción de inconstitucionalidad de Coahuila se sientan las bases para lo que logramos hoy, porque se habla de la inconstitucionalidad de la criminalización absoluta y es esto lo que replica hoy la primera sala. Y aquí por supuesto que se utiliza en la argumentación del pleno, pero lo que es importante señalar es que en la acción de inconstitucionalidad se volvía obligatoria para todos los jueces locales y federales, ¿cierto? Por supuesto que vamos a necesitar seguir tirando los tipos penales en todos los códigos en donde aún siga criminalizado, para que los servicios de salud también estén obligados a prestar el servicio”.
GIRE, que lleva más de tres décadas de trabajo en el país impulsando una estrategia integral que contempla la incidencia en legislación y políticas públicas, el acompañamiento de casos, así como estrategias de comunicación e investigación sobre el estado de los derechos reproductivos en México, ha sido una clave en estos precedentes.
“Justo la semana pasada, el miércoles, se resolvió nuestro primer amparo presentado contra el estado de Aguascalientes, y este fue el amparo que inició todo. Esta resolución, esta sentencia del ministro Juan Luis González Alcántara Carranca fue la que nos dio entrada para lograr lo de hoy, porque los efectos de ese amparo son los que se van a replicar también en el Código Penal Federal y tenemos amparos como estos dos, presentados en toda la República, entonces pues, vaya, ahora seguirá esperar las resoluciones en los demás estados”.
Para la coordinadora de Litigio el 6 de septiembre es día de festejo, “es histórico lo que se logró hoy y poco a poco lograremos que la justicia reproductiva sea la regla y no la excepción”.